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Ya se pueden pasar sin declarar las compras personales en el exterior

Ya se pueden pasar sin declarar las compras personales en el exterior

La AFIP actualizó el lunes el régimen de entrada y salida del territorio nacional, mediante la Resolución General 4361/18. Con el nuevo formato, solo tendrán que completar el formulario de Aduana aquellos que ingresen ciertos bienes y solo en caso de que no funcione la App Viajeros en el smartphone.

Esto se agrega al aumento en la franquicia individual para viajeros que traigan productos del exterior sin obligación de pagar impuestos adicionales, que pasó de 300 a 500 dólares por persona. Además, desde septiembre pasado, se permite a cada viajero ingresar con un celular o una computadora portátil sin pagar una tasa extra.

La suba de la franquicia a 500 es para los viajeros que regresen a la Argentina por vía aérea o marítima, mientras para aquellos que vuelvan al país por vía terrestre o fluvial, el límite se incrementó de 150 a 300 dólares.

Superados esos topes, el ingreso de mercaderías por particulares quedará sujeto al pago de un único tributo con alícuota del 50%.

Para quienes superen la franquicia vigente y deban abonar el tributo correspondiente por ello, la resolución también modificó el procedimiento de Declaración de Aduanas en el Régimen de Equipaje y los formularios a utilizar.

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Ahora esa declaración deberá hacerse mediante la confección del formulario digital de reporte del equipaje de entrada, el cual estará disponible en el sitio web del organismo, en las aplicaciones para dispositivos móviles y en las terminales de autogestión.

Mediante la app “Viajeros” se podrán declarar las compras en el exterior sin hacer colas en las aduanas de los puertos y aeropuertos. De este modo, quienes tengan mercadería para declarar como importaciones que los acompañan con el equipaje, podrán rellenar los formularios en el mismo avión, aunque estén trabajando sin línea, y enviarlos cuando lleguen al aeropuerto.

Según la Resolución, la declaración también aplica para quienes trasladen mercaderías reguladas por el Senasa o ingresen dinero en efectivo en moneda extranjera o nacional por 10.000 dólares o más.

Si no ocurre ninguna de estas tres posibilidades, la persona que ingresa deberá ubicarse en la fila “Nada para declarar”. Por supuesto, los oficiales aduaneros pueden reconducir al pasajero para verificar su equipaje.

La franquicia de 300 dólares por persona regía desde 1994, y el aumento ahora dispuesto corresponde al incremento de la inflación que incidió sobre la moneda estadounidense durante los últimos 24 años.

La AFIP justificó el cambio “a efectos de facilitar los procesos de gestión mejorando la calidad de atención y de control de los pasajeros, en consonancia con el avance tecnológico actual y las prácticas de globalización y digitalización, en donde los particulares interactúan directamente con los distintos sistemas informáticos autorizados por el servicio aduanero”.

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