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Operador Logístico Seguro (OSL)

El sistema favorece a los importadores del interior y a sus prestadores de servicios. Cómo funciona y qué procedimientos hay que seguir.

Rosario – Córdoba – Mendoza

Buenas nuevas para los importadores y agentes del interior de nuestro país: existe una nueva forma de manejar los Tránsitos Terrestres de Importación

Un cambio importante ha dispuesto la AFIP en cuanto al tratamiento de los Tránsitos Terrestres de Importación, que debe ser considerado con atención por cuanto favorece a los importadores del interior y sus prestadores de servicios: Despachantes de Aduana, Forwarders, Agentes de transporte aduanero, Depósitos fiscales. Jerarquiza además a las aduanas del interior del país.

La resolución general de AFIP Nº 2665, estableció los lineamientos operativos para el “sistema OLS”. Complementariamente, la resolución Nº 2877 estableció el procedimiento informático para el registro y trámite del movimiento de mercaderías en el “ambiente OLS”.

Se trata de un sistema de carácter voluntario, y de simple y rápida resolución. Confía al operador OLS la responsabilidad del tránsito de las mercaderías, bajo modalidad FCL y LCL, desde un depósito fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta los depósitos fiscales del interior habilitados al efecto.

El “Ambiente OLS”: está integrado por:  un depósito fiscal de salida, un depósito fiscal de arribo, transportistas, Agente de Transporte Aduanero (A.T.A.) y Ruta predeterminada

El A.T.A. y el transportista deben constituir una garantía  adicional, en seguridad de la operatoria y resguardo del interés fiscal (por los derechos y gravámenes aduaneros).

El transporte entre los Depósitos Fiscales, debe ser realizado por las transportistas habilitadas, siguiendo las rutas predeterminadas, y con Precintos Electrónicos de Monitoreo Aduanero (“PEMA”) que garantizan el seguimiento y la inviolabilidad de la carga.

El transporte de cargas desconsolidadas sólo podrá ser efectuado en contenedores o en camiones caja –cerrados– que tengan un sistema de cierre similar al de los contenedores  y permita el uso del “PEMA”.

Documentos requeridos:

a)  Factura Comercial (copia, o escaneada)

b)  HBL Original * El nombre  del  consignatario  con  Nº  de  CUIT. La desconsidación del manifiesto de los Agentes de Carga se efectúa en el Depósito de salida y debe ser declarado “En Tránsito”

(*Y en el cuerpo del BL, posición arancelaria de mayor valor.  Por lo menos  6 dígitos).

c)   Pre-María SOLO PARA USO INTERNO DEL OLS (para poder determinar las posicioness, el valor de los bienes y el monto de los gravámenes a garantizar)

d)   Nota en papel membrete del importador, con su firma certificada por Banco, autorizando el retiro del contenedor de la terminal en Bs. As (FCL)

Una vez registrado el MOLS, el consignatario registrado en el manifiesto María deberá aceptar el movimiento, manifestando su consentimiento.

El Depósito de destino mediante el SIM acepta el movimiento a su depósito

Cumplidos estos extremos, se procede a la carga del camión para su envío al Depósito Fiscal de destino. La carga viaja a nombre del importador.

Con el arribo a Depósito de Destino, finaliza el movimiento OLS y el importador, vía su Despachante, da a la mercadería la destinación aduanera que desee.

Si se trata de carga LCL, se descarga en el depósito Fiscal donde arribó.  Si se trata de FCL, y la destinación no es de depósito, se entrega el contenedor en donde el importador lo indique, dentro del radio urbano de la ciudad o, previo acuerdo sobre el costo, a localidades vecinas.

En resumen, todo lo que el importador debe hacer es entregar la documentación indicada al OLS, y aceptar el movimiento de su carga vía Web.

¿Cuales son los beneficios de la operatoria?

  1. El importador nacionaliza la mercadería en la Aduana de destino.
  2. El OLS asume la responsabilidad ante Aduana por los derechos y gravámenes,

que están cubiertos por póliza de caución anual de U$S 600.000.

  1. Mayor seguridad y control en el movimiento de la mercadería por uso del

PEMA.

  1. Reducción de costos del seguro (por uso del PEMA).
  2. Eliminación de gastos adicionales en Buenos Aires (verificaciones, pérdidas

de forzosos, etc.).

  1. Mayor claridad y previsión de los costos totales de la operación.
  2. Menores costos de almacenaje que los de Buenos Aires.

Al presente, se encuentran habilitadas únicamente las rutas y depósitos siguientes:

  1. Dep. Fiscal Murchison (Buenos Aires)  /  Depósito Fiscal Binder (Rosario)
  2. Dep. Fiscal Murchison (Buenos Aires)  /  Depósito Fiscal Tortone (Córdoba)

Se prevé también su ampliación en breve plazo para otras localidades.

En síntesis, es un sistema que, tanto para el traslado de contenedores completos (FCL) como para carga suelta (LCL) funciona con rapidez y eficiencia, habiendo ya iniciado para ambos casos la operatoria entre Buenos Aires y Rosario, y estando a pocos días de remitir el primer FCL bajo el sistema OLS a la ciudad de Córdoba.

Lo consideramos un paso importante en la federalización del Comercio Exterior, permitiendo a las jurisdicciones aduaneras del interior la recepción y tramitación de la importación de mercaderías sin intervención de la Aduana de Buenos Aires.

El trabajo de los Despachantes de Aduana, Forwarders y Agentes de Transporte Aduanero del interior, se verá notoriamente beneficiado al mover sus cargas bajo este novedoso sistema.

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