Aduana fiscalizará las excepciones al DIE

El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas estableció que las excepciones previstas en los incisos a) y b) del Decreto Nº 1026/12 serán fiscalizadas por la Dirección General de Aduanas.

Así lo estableció la cartera mediante la resolución 439/12, por la cual la Aduana pasa a fiscalizar las excepciones a lo fijado por el decreto Nº 1026 de fecha 2 de julio de 2012, que restableció la alícuota en concepto de Derecho de Importación Extrazona (DIE) a su equivalente del Arancel Externo Común (A.E.C.) a los bienes de capital, que hasta el dictado de esta medida, se encontraban con un arancel de importación del cero por ciento.

El decreto asignó en concepto de DIE una alícuota de dos por ciento a una serie de máquinas y equipos para los cuales se identificó que no podían ser provistos por la industria nacional.

Por el artículo 4° del decreto 1026/12 se establecieron excepciones, siempre que las mercaderías involucradas, a la entrada en vigencia del decreto en cuestión, se encontraran en las situaciones que el propio artículo detalla.

La Secretaría de Comercio Exterior solicitará a la Aduana el resultado de las excepciones.

Los interesados en la obtención del Certificado de Importación mencionado en el Artículo 5° del Decreto Nº 1026/12 deberán presentar la correspondiente solicitud mediante nota, acompañada de la información y documentación detallada en la planilla que como Anexo, forma parte integrante de esta resolución.

La Secretaría de Comercio Exterior podrá solicitar información adicional a la requerida en el Anexo, previo a emitir el certificado, solicitará un informe a una Unidad de Evaluación que estará integrada por los titulares de Comercio Exterior, de la Secretaría de Política Económica.

 

Ver Resolución 439/12

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