Ahora la AFIP exige una declaración jurada online para comprar en sitios del exterior
Implica mayor control, ya que antes era manual. Quienes adquieran mercadería afuera tienen una franquicia por u$s 25 anuales. A partir de ese importe, deben pagar 50%.
A primera vista, las ofertas de Ali Express, con envío gratis, suenan más que tentadoras para todas las mujeres adeptas al deporte del shopping center: pantalones a u$s 3,99, zapatos a u$s 4,33, vestidos a u$s 5,44 y hasta los cigarrillos electrónicos que ahora fuma Jorge Lanata a u$s 9,80. Pero la tentación puede resultar engorrosa. Porque aunque uno compre u$s 1 en un sitio de Internet del exterior, ahora tiene que hacer una declaración jurada en la página web de la AFIP, que de este modo se puso a controlar con lupa este tipo de operaciones.
Pero si el gasto anual supera los u$s 25, además hay que pagar un impuesto del 50%. Si bien esto regía desde enero pasado, la declaración se hacía en forma manual, y ahora se debe realizar a través de Internet, para mayor control y seguimiento. La AFIP detalla que los sujetos que realicen compras de mercaderías a proveedores del exterior, que ingresen al país mediante el correo oficial deberán generar una declaración jurada indicando el detalle de la adquisición realizada. La presentación se realizará con anterioridad al retiro o recepción de la mercadería, ingresando a la web del organismo con clave fiscal dentro de Mis Aplicaciones Web.
En caso de corresponder el pago del arancel único del 50% sobre el valor de compra, hay que presentarse en el correo oficial o en la Aduana correspondiente con la declaración jurada presentada y la constancia del pago efectuado, que se realizará vía Volante Electrónico de Pago (VEP). El impuesto del 50% se aplica no sólo al precio, sino también al flete y al seguro. La propia AFIP da un ejemplo para graficar mejor la situación: por una compra de u$s 174, el valor CIF, que incluye además el seguro y flete, es de u$s 188. A ese total se le debe descontar la franquicia de u$s 25 (sólo en caso de ser la primera compra en el año), lo que arroja u$s 163. En consecuencia, el derecho de importación a abonar será de u$s 81,50. El paso siguiente en la web del organismo consiste en declarar que los datos son correctos y completos y que se ha confeccionado el formulario digital en carácter de declaraciíon jurasda sin omitir ni falsear dato alguno que debe contener. Al momento de generar el volante de pago, el sistema calculará el importe a pagar en pesos a cambio oficial.
En la AFIP aclaran que quedan excluidas de la limitación prevista en la presente norma los libros, medicamentos con receta médica, obras de arte de la Ley 24.633 y demás mercaderías de primera necesidad para el destinatario, debidamente acreditadas ante el servicio aduanero.
Hecha la ley, hecha la trampa. Ante este nuevo escenario, lo que ocurre ahora es que cada vez más gente aprovecha a los amigos y familiares que se van de viaje. Se hacen las compras por Internet y se envían directamente al hotel de donde está hospedado la persona. Incluso, para ganar tiempo, muchos hacen las compras de ropa por Internet antes de irse de viaje, y piden que se las manden al hotel donde se hospedan.
Luego, le sacan las etiquetas a toda la ropa para que parezca que se la llevaron desde Buenos Aires y así evitarse el recargo del 50%. Dicen que, para eso, los argentinos somos mandados a hacer y no hay quien nos gane. Por eso, justamente, hay más controles.
Fuente: El Cronista