
Dos trenes en sentido contrario
WALTER GIANNONI
Desde que surgió la polémica por la ahora descartada (a prima facie) estatización de Vicentin, en la sociedad se recreó un inesperado debate acerca del lugar que ocupa la propiedad privada.
Esa discusión tuvo quizás su punto más difundido cuando una periodista televisiva le recriminó al Presidente la violación de la Constitución Nacional, que la consagra como un derecho inalienable, y éste le replicó que esa norma también incluye el derecho estatal a la expropiación.
A primera vista surge la impresión de que algo quedó confuso en la letra de los constitucionalistas de 1994 para que por un lado se garantice la inviolabilidad de la propiedad y por otro se la relativice y, peor aún, todo junto aparezca en el mismo artículo, el 17.
Pero, claro, en este país hay pruebas de sobra de que cada uno interpreta la ley como más le conviene y, de nuevo, daría la impresión de que quienes redactaron la Carta Magna le hacían lugar a la expropiación pero de “utilidad pública”.
La intención puede haber sido que el Estado tenga las facultades para indemnizar a quien se le quite una fracción de tierras o un inmueble para la realización de una obra como una ruta, una escuela o lo que fuere. Es decir, el empleo clásico de las expropiaciones.
Jamás habrían imaginado aquellos ingenuos convencionales reunidos en Santa Fe que la expropiación podría aplicarse de punta a punta a una empresa. O peor, que llegaría el día en que a alguien desde el Gobierno se le ocurriría que esto fuera posible invocando cuestiones como la seguridad alimentaria en el país de los alimentos.
Pero, además, en la cabeza de los argentinos la cuestión de la propiedad privada parece no estar del todo clara.
Todo el mundo se aferra a sus bienes, el primero es la vivienda, pero al mismo tiempo está bien considerado que el Estado tenga presencia en la mayor cantidad de actividades posibles, desde la seguridad social hasta el control cotidiano de lo que fabrican y venden las empresas a las que el mismo estado les cobra impuestos y condiciona con sus leyes.
En los hechos, sostener estos conceptos de manera simultánea asemeja a dos trenes que circulan por la misma vía pero en sentido contrario. El choque a la corta o a la larga resulta inevitable. Solo es cuestión de tiempo.
Esta columna fue publicada originalmente en la Revista Container del 21 de junio de 2020