La UIF oficializó nuevas exigencias para los despachantes de aduana
Mediante la resolución 63/2011, el organismo estableció cómo los operadores de comercio exterior trabajarán para prevenir el lavado de activos.
La Unidad de Información Financiera (UIF) oficializó las medidas y los procedimientos que deberán realizar los despachantes de aduana y otros profesionales de las ciencias económicas para prevenir, detectar y denunciar casos de lavado de activos o bien financiación del terrorismo.
En el caso específico del comercio exterior, los despachantes de aduana están alcanzados por la resolución 63/2011, publicada ayer en el Boletín Oficial de la Nación.
El organismo dirigido por José Sbatella busca con esto que desde el ámbito privado se analice “las operaciones registradas”, se formulen los reportes y se lleve un registro de operaciones, lo que implica trasladar a los profesionales la responsabilidad en la lucha contra el lavado de dinero.
Entre los mecanismos dispuestos por la resolución 63/2011 se encuentran:
– Diseñar e implementar los procedimientos y su control.
– Velar por el cumplimiento de los procedimientos y políticas preventivas.
– Analizar las operaciones registradas para detectar operaciones sospechosas.
– Formular los reportes de operaciones sospechosas.
– Llevar un registro de las operaciones reportadas como sospechosas de lavado.
– Dar cumplimiento a las requisitorias efectuadas por la UIF.
– Controlar la observación de la normativa.
– Asegurar la adecuada conservación y custodia de la documentación concerniente a las operaciones.
– Verificar el listado de los paraísos fiscales y países y territorios declarados no cooperativos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (www.uif.gob.ar).
– Prestar especial atención a las nuevas tipologías de lavado. Deberán prestar especial atención a cualquier amenaza que surja como resultado del desarrollo de nuevas tecnologías.