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Los puertos deberán informar los movimientos de cargas y pasajeros

La medida regirá para terminales públicas y privadas en todo el país y será para recabar información estadística útil en materia de planificación portuaria.

Los puertos públicos y privados, comerciales e industriales y terminales portuarias, deberán informar a la Autoridad Portuaria Nacional todo el movimiento de pasajeros y cargas.

La Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables lo determinó a través de la Disposición 449/2012 publicada este martes en el Boletín Oficial, con la firma del subsecretario Horacio Tettamanti.

El organismo dispuso que todos los puertos, públicos y privados, comerciales e industriales y terminales portuarias, tanto nacionales, provinciales y municipales deberán informar a la Autoridad Portuaria Nacional el movimiento de cargas, pasajeros y embarcaciones que operen en su instalaciones. La información deberá ser enviada a la Dirección Nacional de Puertos con una frecuencia trimestral dentro de los 30 días posteriores al período informado.

En los considerandos, la medida explica que la Dirección Nacional de Puertos tiene asignada la fiscalización de las actividades operativas de los puertos de acuerdo con la legislación vigente. Se llevan a cabo, entre otras acciones, mediante la recepción de la información estadística brindada por los puertos públicos y privados.

“La información estadística y la que pueda surgir en el futuro es uno de los pilares para la toma de decisiones por parte de la Autoridad Portuaria Nacional, en materia de planificación portuaria, con eje hacia la modernización de las operaciones”, consigna la disposición.

Aclara además que “la información recibida hasta el momento no ha sido lo satisfactoriamente esperada por parte del sector público como por la comunidad portuaria”.

Fuente: iProfesional.com

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