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Más controles al comercio exterior por lavado de dinero

La Unidad de Información Financiera (UIF) dispuso nuevos procedimientos para evitar el lavado de dinero que afectan al comercio exterior, entre otras operaciones.

Según la resolución 39/2011, el organismo estableció procedimientos que alcanzan a despachantes de aduanas, agentes de transporte aduanero, importadores y exportadores.
 
Identificación del cliente. Los operadores de comercio exterior tendrán que “reforzar el procedimiento de identificación del cliente” cuando haya sospecha de que sean empresas pantalla, fideicomisos y en transacciones a distancia. La medida se aplica especialmente en operaciones y relaciones comerciales realizadas con operadores de países que no aplican las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi).

Control. La base de la investigación estará en el control de las declaraciones juradas, como también los cruces informáticos de la información disponible en las distintas bases de datos y “cualquier otro medio que, según la experiencia e idoneidad de los funcionarios del organismo, permita alertar respecto de la existencia de una operación sospechosa”.

Plazo. Se fija un plazo de dos días para informar casos en los que a través de la Aduana se detecten operaciones vinculadas al contrabando, tráfico de armas o drogas.

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