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Retenciones reales a trigo y maíz se acercan al 40%

El primero tributa el 23 por ciento y el segundo 20, pero el manejo de los Registros de Exportación provoca descuentos adicionales del 16 y 14 por ciento, respectivamente, aseguró el Grupo CREA.

Cuando se habla de los descuentos en el valor de los granos, se suele asociar sólo con los gravámenes a las exportaciones. Sin embargo, esta visión es incompleta, porque además del porcentaje de retenciones impuesto por el Gobierno, el productor sufre otras reducciones adicionales, afirmó la organización.

Este descuento extra se traduce en el valor que recibe el productor, que es menor al precio internacional de los granos descontadas las retenciones y los gastos de embarque. En el caso del trigo, esta reducción adicional es de 16%; en el maíz, del 14%.

Este comportamiento se explica porque los Registros de Exportación de trigo y maíz estuvieron cerrados durante la mayor parte de 2008 y en el primer semestre de 2009.

Consecuentemente, se generó una situación de sobreoferta interna que desincentiva la competencia entre los molinos, las aceiteras, los consumos (feed lots, industria avícola, etcétera) y los propios exportadores, lo que provoca una baja del precio interno de los cereales sin que eso se traduzca en beneficios al consumidor.

Si a estos valores se les suman las retenciones (de 23% para el trigo y 20% para el maíz), se aprecia que el productor recibe sólo el 61% y el 66% respectivamente, del precio de los cereales.

En el caso de las oleaginosas, los descuentos son menores porque la exportación está activa. Actualmente, para la soja el descuento extra es del 2% y para el girasol, del 6%. Sin embargo, estos productos tienen mayores alícuotas de derechos de exportación (35% y 32% respectivamente), por lo cual el precio final que recibe el productor es similar al de los cereales: 63% para la soja y 62% para el girasol.

Las principales causas que explican las diferencias en los cereales son el intervencionismo en los Registros de Exportación, los cambios de los plazos establecidos para los embarques de exportaciones y la creación de los ROE mediante la resolución 543.

La suma de todos estos factores, más el constante cambio de las reglas vinculadas al comercio de granos, genera una gran falta de previsibilidad, condición fundamental para el negocio, que se refleja en castigos en los precios.

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